JEP dicta primera sentencia por secuestros: condena a 7 exlíderes de las Farc a 8 años de sanciones restaurativas

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió este lunes su primera sentencia por el delito de secuestro, condenando a siete exintegrantes del último Secretariado de las extintas Farc-EP a cumplir ocho años de sanciones propias por su responsabilidad en al menos 21.396 hechos victimizantes relacionados con la política de secuestros implementada por esa organización entre 1993 y 2012.
Los sancionados son Rodrigo Londoño Echeverri (Timochenko), Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Milton de Jesús Toncel Redondo (Joaquín Gómez), Jaime Alberto Parra Rodríguez (Mauricio Jaramillo), Julián Gallo Cubillos (Carlos Antonio Lozada) y Rodrigo Granda Escobar (Ricardo Téllez).
La sentencia de la Sección de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la Paz estableció que los exlíderes guerrilleros son responsables como autores de crímenes de guerra (toma de rehenes y homicidios) y crímenes de lesa humanidad (privaciones graves de la libertad, asesinatos y desapariciones forzadas). También fueron declarados responsables por responsabilidad de mando de otros delitos como tortura, tratos crueles, violencia sexual y desplazamiento forzado.
Proyectos restaurativos
Durante los ocho años de sanción, los condenados deberán participar en cuatro tipos de proyectos restaurativos:
1. Búsqueda de personas desaparecidas: Trabajarán con la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en la localización e identificación de víctimas, comenzando con el Cementerio Central de Palmira, Valle del Cauca.
2. Acción integral contra minas: Participarán en la recolección de información sobre zonas de riesgo minado y en la elaboración de cartografía para la descontaminación de territorios.
3. Recuperación ambiental: Desarrollarán actividades de reforestación, instalación de viveros y propagación de especies nativas en favor de las víctimas.
4. Memoria y reparación simbólica: Realizarán transcripciones de testimonios, construcción de artefactos de memoria y eventos de petición de perdón a las víctimas.
Restricciones y monitoreo
Los sancionados tendrán restricciones de movilidad y residencia, deberán portar dispositivos electrónicos de seguimiento y cumplir horarios específicos. El cumplimiento será monitoreado por la JEP y la Misión de Verificación de la ONU en Colombia.
La magistratura estableció que se trata de un hecho histórico, pues estos comparecientes nunca habían rendido cuentas ante la justicia ordinaria y la impunidad por estos crímenes alcanzaba el 92%. La sentencia también ordenó a entidades como la Unidad de Víctimas reevaluar la inclusión de afectados en sus registros para facilitar el acceso a reparación administrativa.
El presidente de la JEP, Alejandro Ramelli, destacó que «nunca antes había ocurrido en ningún lugar del mundo que los máximos responsables hubieran reconocido sus crímenes», calificando la decisión como «un hito» en la justicia transicional.
